Atrás Renta Garantizada de Ciudadanía. Reconocimiento de las entidades locales como entidades colaboradoras

Renta Garantizada de Ciudadanía. Reconocimiento de las entidades locales como entidades colaboradoras

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Definición

Se establecen las bases generales para que las entidades locales puedan ser reconocidas como entidades colaboradoras de la Generalitat, para la entrega y distribución a los beneficiarios de fondos públicos en concepto de renta garantizada de ciudadanía.

Requisitos

Las entidades locales deberán cumplir lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalitat, que regula la Renta Garantizada de Ciudadanía, el Decreto 93/2008, de 4 de julio del Consell, por que se desarrolla la misma, especialmente en su artículo 14, y la Orden de 31 de julio de 2008, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan las bases de convocatoria de la prestación de Renta Garantizada de Ciudadanía.