Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Anexo Compatibilidades - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
Anexo 2: Compatibilidades
Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal
Podrán ser compatibles entre sí y también podrán ser compatibles con otras prestaciones del catálogo tales como:
- Servicio de Teleasistencia.
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales.
- Servicio de Ayuda a Domicilio o con la Prestación económica vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio.
- Prestación económica de asistencia personal.
Viviendas Tuteladas
Podrá ser compatible con:
- Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal o con la Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal, cuando las viviendas no dispongan de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.
- Servicio de atención atención diurna, Centro Oucpacional o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna, cuando las viviendas no dispongan de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.
Servicio de Teleasistencia
Este servicio podrá ser compatible con todos los servicios y prestaciones del catálogo a excepción del Servicio de atención residencial y la Prestación económica vinculada al Servicio de atención residencial.
Servicio de Ayuda a Domicilio y/o Prestación económica vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio
Podrá ser compatible con:
- Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal o con la Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de atención diurna o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna (compatible para Grados III y II) y con el Centro Ocupacional (compatible para Grados III, II y I).
Servicio de atención diurna y/o Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna
Podrá ser compatible con:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a Domicilio o con la Prestación económica vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (en caso de Centro ocupacional es compatible para Grados III, II o I, y en caso Servicio de atención diurna de Centro de día es sólo compatible para Grados III y II).
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales.
Servicio de Atención Residencial y/o Prestación económica vinculada al Servicio de Atención Residencial
- Será compatible con la atención en centros de atención diurna cuando el servicio de atención residencial no disponga de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.
Prestación económica de asistencia personal
Podrá ser compatible con:
- Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales
Podrá ser compatible con:
- Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de atención diurna o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna y Centro Ocupacional.