Reconocimiento y trámites de dependencia - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
Datos actualizados a 01/12/2021
A quién va dirigido
Personas con limitaciones en la actividad que requieren apoyo imprescindible para realizar las tareas más elementales.
Dependencia
Limitaciones de la actividad que requieren del apoyo imprescindible otras personas en las tareas más elementales
Mesurada en 3 grados:
- Grado I. Moderada
- Grado II. Severa
- Grado III. Gran Dependencia
El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) es el organismo encargado de atender el derecho a la promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, que está reconocido por ley desde el 1 de enero de 2007, y que compuerta la concesión de varios servicios y prestaciones.
La ley establece tres grados de dependencia que pueden ser temporales o permanentes:
GRADO Y DEPENDENCIA MODERADA |
La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez en el día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal |
GRADO II DEPENDENCIA SEVERA |
La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas dos o tres veces en el día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador |
GRADO III. GRAN DEPENDENCIA |
La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas diversas veces en el día y, por su pérdida total de autonomía necesita el apoyo continuo de otra persona |
La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas diversas veces en el día y, por su pérdida total de autonomía necesita el apoyo continuo de otra persona
El derecho se configura como un derecho subjetivo de ciudadanía y serán titulares las personas que residan en la Comunidad Valenciana y cumplan los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos tendrán que ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quién ejerza su guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carecen de nacionalidad española se regirán por el que se establece en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Paro los menores se estará al que se dispone en las Leyes del Menor.
CATÁLOGO DEL SAAD POR GRADO DE DEPENDENCIA |
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Grado III y Grado II |
Grado I |
SERVICIOS: |
SERVICIOS:
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PRESTACIONES ECONÓMICAS: |
PRESTACIONES ECONÓMICAS:
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Nota: Las prestaciones vinculadas al Servicio residencial, centro de día, Servicio Ayuda a domicilio (SAD) y Prevención y Promoción, requieren que se acredite la contratación de un servicio privado acreditado.
- El procedimiento para el reconocimiento inicial de la situación de dependencia se iniciará a instancia de la persona interesada, su representante legal o su guardador o guardadora de hecho , ante el Ayuntamiento de la Comunidad Valenciana donde se encuentre empadronada.
- Una vez presentada la solicitud, los profesionales de los servicios sociales de atención primaria básica establecerán una cita para la valoración del grado de dependencia y la elaboración del informe social de entorno en el cual se recogen las necesidades sociales de la persona solicitante, que serán realizados por los servicios sociales en el domicilio de la persona interesada, excepto excepción motivada. Finalmente, el informe social y las conclusiones de la valoración se concretan en el dictamen técnico, donde el órgano evaluador establecerá el grado de dependencia propuesto y los servicios y prestaciones entre los cuales el interesado podrá optar. La resolución de grado del procedimiento será realizada por la Dirección General de Atención Primaria y Autonomía Personal a partir de este dictamen técnico.
- Después de obtener el reconocimiento de uno de los tres grados de dependencia , se procederá a desarrollar en un plazo de 3 meses desde la resolución el Programa Individual de Atención (PIA), que definirá las actuaciones a realizar para garantizar la atención a la dependencia y promoción de la Autonomía personal de la persona dependiente.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. (BOE n.º 299 de 15.12.2006)
- DECRETO 62/2017, de 19 de mayo, del Consejo, por el cual se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia en las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas. (DOGV n.º 8061 de 13.06.2017)
Los documentos para cada trámite asociado a la dependencia son específicos, por lo cual recomendamos seleccionar en la tabla inferior el trámite que te interesa para conocerlos con exactitud.
Para cualquier cambio o ampliación o solicitud de nuevos derechos habrá que hacer uso del trámite de revisión o solicitud de nuevas preferencias.
Para el reconocimiento inicial de la dependencia y otros trámites de acceso al Sistema Público de Servicios y Prestaciones Económicas se necesitan los siguientes documentos.
Reconocimiento, revisión y PIA
- Solicitud inicial de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema
- Modelo de domiciliación bancaria
- Autorización de acceso a datos en el marco de la legislación sobre dependencia
- Solicitud de revisión de grado de dependencia
- Modelo para solicitar nuevas preferencias de servicios o prestaciones, ampliación o revisión del pia
- Solicitud de traslado de expediente de dependencia desde la comunidad valenciana en otra comunidad autónoma
Trámites disponibles (actualizado a septiembre de 2023)