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PLAN DE CONTROL APLICABLE A LAS AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS DESPLAZADAS DE UCRANIA

Resolución de 8 de junio de 2023 del director general de Igualdad en la Diversidad, por la que se aprueba el Plan de Control aplicable a las ayudas económicas a personas desplazadas de Ucrania

El artículo 169.3 de la Ley 1/2015 de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público
Instrumental y de Subvenciones establece que la comprobación material de la efectiva realización de la actividad, existencia de la condición o cumplimiento de la finalidad de las
subvenciones, se llevará a cabo en los términos establecidos en el plan de control que al efecto deberá elaborar todo órgano que gestione una línea de ayudas financiada con fondos públicos.


Además, este precepto dispone que dicho plan de control tendrá que elaborarse por el órgano
concedente con carácter previo a su ejecución y en el mismo deberá constar, como mínimo, los tipos de control a efectuar, los criterios de selección de la muestra y el porcentaje mínimo de ayudas a controlar sobre el importe total pagado.

Consulta el texto íntegro de la resolución