Solicitud de la prestación de atención temprana

Solicitud de la prestación de atención temprana

 

 

BENEFICIARIOS

El servicio de atención temprana se dirige a los niños y niñas menores de 6 años, con alteraciones del desarrollo o riesgo de presentarlas, y a sus familias que residen en la Comunidad Valenciana. 

 

SOLICITUD

El acceso a los servicios de atención temprana se iniciará previa solicitud por parte del padre o la madre o del representante legal del niño o la niña, que irá dirigida a la Dirección Territorial de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia en la que residan.

 

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR:

Informe de salud para atención temprana, de pediatría.

Ante cualquier sospecha de alteración en el desarrollo o riesgo de presentarlo, los padres y las madres o representantes legales deben acudir al centro de salud de atención primaria del Sistema Valenciano de Salud para que se confirme la sospecha desde pediatría. 
El personal facultativo de pediatría informará a la familia de las necesidades detectadas y hará entrega del Informe de salud para atención temprana cumplimentado.

Documentos (en caso de oponerse a la consulta por parte del órgano gestor)

-  DNI o Documento identificativo de la madre, del padre o de quien le represente legalmente o persona guardadora de hecho y del niño o la niña si dispusiere.
-   DNI del niño o niña, en el caso de que disponga de el. 
-   Certificado actualizado de empadronamiento familiar. 

Otros documentos:

-   Informe sociopsicopedagógico oficial emitido por el especialista en orientación educativa del servicio psicopedagógico escolar o el gabinete psicopedagógico municipal, en caso de haberse emitido.
-  Informe profesional del Equipo de Intervención Social (EIS) de atención primaria de servicios sociales, si procede.
-   Informes que se dispongan (clínicos, educativos o sociales) 
-   Certificado de discapacidad 
-   Certificado de dependencia


PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:

Presencial:

La solicitud, junto con la documentación citada, podrá presentarse de forma presencial en el Registro de:
    a) Los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, oficinas PROP o cualquiera     de los lugares y registros públicos que establece el artículo 16.4 de la Ley     39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común:
    b) La Dirección Territorial de la Conselleria competente en materia de servicios     sociales de la provincia donde resida el solicitante.
        - Dirección Territorial Alicante en oficina PROP, Torre provincial, Rambla     Méndez Núñez 41. 03002 Alicante. 
        - Dirección Territorial Castellón, dirección: Avda. Hermanos Bou, 81.     12003    Castelló de la Plana.
        - Dirección Territorial Valencia, dirección: Avda. del Oeste, 36. 46001     València.

Tramitación telemática:

La solicitud, junto con la documentación citada, podrá presentarse mediante Trámite Z: Solicitud general de iniciación y tramitación telemática de procedimientos de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, a través del siguiente enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G23126

Para acceder de forma telemática, el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.

La solicitud debe ir firmada por el tutor/a o representante legal o guardador de hecho.  

Si del examen de la solicitud y la documentación se deduce que la misma es defectuosa o incompleta, la UVSAT de la Dirección Territorial competente en materia de servicios sociales de la provincia donde resida el solicitante notificará a la persona interesada, para que en el plazo de 10 días, aporte la documentación necesaria y/o subsane los defectos de la solicitud, haciendo constar que, en caso contrario, se le tendrá por desistido y se procederá al archivo de su solicitud.