Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Comedores sociales - Servicios Sociales
Campaña de difusión de Servicios Sociales
Comedores sociales
Definición
Establecimiento destinado a proporcionar alimentación a las personas que lo precisen de forma gratuita o mediante una aportación reducida.
Finalidad
Atender a personas que requieren un apoyo para la nutrición básica.
Usuarios
Todas las personas que, hallándose en situación de necesidad, requieran este servicio.
Ubicación
Integrado en casco urbano con fácil acceso. Preferentemente unidos a centros Sociales, formando parte del equipamiento básico del barrio o zona.
Capacidad
Carácter ambulatorio. Podrán establecerse turnos de comedor cuando la demanda del servicio lo aconseje.
Habitabilidad
Cumplirán los requisitos exigidos en la legislación vigente y en especial el Reglamento Técnico-Sanitario de los comedores colectivos, recogido en el Real Decreto 28/7/1983 de 13 de octubre.
Prestaciones
Alimentación básica.
Personal
Responsable de dirección/administración. Servicios auxiliares. Asesoramiento y apoyo técnico del Equipo Social de Base.