Servicio de atención psicológica a menores víctimas de abusos - Familia e Infancia
Servicio específico de atención a abusos sexuales en la infancia y la adolescencia (SAANNA)
Servicio específico de atención a abusos sexuales en la infancia y la adolescencia (SAANNA)
Esta atención profesional especializada tiene como objetivo reparar el daño causado por el abuso o agresión sexual, a la vez que dotar de herramientas a la persona menor de edad y a su entorno convivencial e impedir la victimización secundaria.
La intervención es extensiva a personas menores de edad perpetradoras que sean inimputables, por edad o condición, y aquellos que siendo imputables, no se les haya impuesto una medida de responsabilidad o judicial amparada en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (BOE núm.11, de 13 de enero de 2000)., dado que la intervención psicológica con los mismos ya se realiza desde otros recursos, a no ser que excepcionalmente se considere su derivación por no ser posible la adecuada atención desde esos otros recursos.
Personas Beneficiarias
Se consideran beneficiarias de este servicio:
- Personas menores de edad víctimas de abusos, agresiones, trata y/o explotación sexual.
- Personas menores de edad perpetradoras inimputables.
- Personas menores de edad perpetradoras que tengan impuesta una medida judicial cuando desde el recurso asignado no sea posible su adecuada atención.
- Familiares convivenciales y de referencia de los niños/as y adolescentes víctimas o perpetradores cuando así se determine por parte de los servicios territoriales.
Prestaciones
Asistencia psicológica.
Las actuaciones de asistencia psicológica a realizar por el Servicio serán las siguientes:
- Valoración diagnóstica. Consistirá en la exploración, en las sesiones que sean necesarias, del niño, niña o adolescente respecto del cual se sospecha haya podido sufrir abuso, agresión y/o explotación sexual, con el fin de determinar la afectación del daño. De la valoración realizada se derivará siempre un informe psicológico de valoración diagnóstica. Dicha valoración diagnóstica también se realizará a personas menores de edad perpetradoras de agresiones y abusos sexuales con las condiciones descritas.
- Sesiones de Tratamiento a niños, niñas y adolescentes que hayan sufrido abuso, agresión y/o explotación sexual. Consistirá en un conjunto de actuaciones con los mismos tendentes a paliar o eliminar las secuelas de toda índole que las agresiones y abusos sexuales pudieran haberles causado, así como la orientación y apoyo a las personas y familiares que conviven con ellos/as y así lo determine el servicio territorial derivante. El tratamiento a personas menores de edad perpetradoras de agresiones o abusos sexuales, consistirá en la utilización de estrategias educativas, rehabilitadoras y/o terapéuticas tendentes a favorecer un adecuado desarrollo psicosexual y minimizar el riesgo de reincidencia.
- Informes de seguimiento y de finalización de tratamiento. Se realizarán informes de seguimiento con carácter trimestral.
- Comparecencias judiciales para ratificación de informes. Cuando así se requiera por parte del juzgado por haber intervenido por derivación de la Administración Pública.
Intervención Socio-Familiar.
Esta prestación consiste en evaluar la situación socio-familiar de la persona menor de edad atendida cuando así sea requerido por parte del servicio territorial derivante y establecer canales de coordinación que faciliten la intervención social en red de todos los recursos implicados
Asesoramiento jurídico.
Este asesoramiento consistirá en ofrecer información y orientación acerca de los procedimientos judiciales, recursos legales y sociales existentes que pudieran ser de utilidad a las personas menores de edad víctimas de agresiones y/o abusos sexuales y a sus familiares cuando así lo determine el servicio territorial derivante.
Cursos de formación y orientación a profesionales de la red pública.
El equipo multidisciplinar que preste el servicio impartirá cursos de formación a los profesionales que integran los distintos servicios y recursos del ámbito de la protección de la infancia y adolescencia y, en especial, a los equipos específicos de atención a la infancia y adolescencia (EEIIA's).
Modelo Barnahus
Este modelo es eficaz y eficiente, respeta los derechos de la infancia, así como los derechos constitucionales de tutela judicial efectiva y derecho de defensa, esenciales en nuestra sociedad.
En la Comunitat ya se apuesta por este modelo. El compromiso para establecer el modelo Barnahus en la Comunitat Valenciana se recoge en l'Acord del Botànic II, el pacto de gobierno autonómico para la X Legislatura, firmado el 12 de junio de 2019. Así, en el artículo 10 del Eje 3 del acuerdo, el nuevo gobierno se compromete a crear "un servicio universal de prevención y atención a la violencia hacia la infancia desde una óptica integral y en colaboración con todas las administraciones intervinientes siguiendo el modelo Barnahus".
Save the children ha elaborado un manual en el que se explica en qué consiste este modelo, sus potencialidades y la forma de implantarlo en nuestra Comunitat. Se puede consultar el documento presionando sobre la imagen del margen.