Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas

 

Definición

Se comprenden en esta tipología todas aquellas ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia o en el edificio del anciano que obstaculizan su movilidad. Comprenden aquellas transformaciones o reformas que contribuyen a evitar los obstáculos y a facilitar la movilidad.

 

 

 

Personas destinatarias

Las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos

  • Ser mayor de 60 años.
  • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.
  • Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
  • Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que plantea el sujeto. 

 

Orden de bases

  • Orden 7/2022 de 7 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan y establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas para 2022 (DOGV nº 9468 de 11 de noviembre de 2022).

 

Convocatoria 2022

Resolución de 21 de diciembre de 2023, de concesión de subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas para el 2022

 

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se establece anualmente en la convocatoria de subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas que se publica en el DOGV.