Ayudas de equipamiento de centros de servicios sociales especializados de personas mayores

Ayudas de equipamiento de centros de servicios sociales especializados de personas mayores

Definición

Las ayudas que se convocan son en concepto de equipamiento de centros de servicios sociales especializados pertenecientes al sector de tercera edad. A tal efecto se financiarán los gastos en mobiliario, enseres y equipos informáticos necesarios para el funcionamiento de los centros.

Destinatarios

Los titulares de centros de servicios sociales especializados de tercera edad gestionados por entidades locales o entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:

  • El centro deberá tener la correspondiente resolución de autorización.
  • En los casos en que el centro sea de nueva construcción y no haya entrado en funcionamiento, se exige que el proyecto de la obra haya sido informado favorablemente por el Servicio de Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la Conselleria de Bienestar Social o, en su defecto, que lo sea con anterioridad a la concesión de la ayuda.
  • En ningún caso el centro de nueva construcción podrá entrar en funcionamiento sin obtener la preceptiva autorización
  • No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta orden, las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazo de solicitud

El plazo para presentar las solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV.