Renta Valenciana de Inclusión (RVI) - Inclusión Social
La Renta Valenciana de Inclusión (RVI) es una prestación económica y profesional dirigida a las personas en riesgo de exclusión de la Comunidad Valenciana.
Diferenciamos 2 tipos de Renta en función de la existencia o no de ingresos previos, las denominadas Complementaria y de Garantía , que a su vez presentan otros 2 subtipos.
Actualmente, la Renta Complementaria de Ingresos del trabajo se encuentra a la espera de su puesta en marcha.
Recuerda, la RVI en cualquier de sus modalidades es compatible con el Ingreso Mínimo Vital del Estado.
Las cantidades percibidas en concepto de RVI se podrán incrementar por gastos derivados del alquiler o cuota hipotecaría de la vivienda habitual y para garantizar suministros energéticos.
Utiliza este simulador para saber si puedes ser una persona beneficiaria de alguna modalidad de RVI.
La Renta Valenciana de Inclusión es una prestación de competencia de la Generalitat Valenciana con parte de la gestión compartidas con los Ayuntamientos, otras Entidades Locales y /o las Direcciones Territoriales de cada una de las provincias.
Para recibir más información y agasajar la solicitud , acércate a los equipos de atención primaria básica. Al simulador web en función de tu municipio, te mostraremos donde dirigirte.
La RVI entra en vigor con la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión. Esta norma garantiza un derecho subjetivo que se concreta a través de una prestación económica y/o una prestación profesional para realizar un proceso de inclusión social dirigidas a cubrir las necesidades básicas que garanticen la calidad de vida combatiendo la exclusión y la vulnerabilidad social.
Desarrollada por:
Modificada por:
- LEY 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat
- Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat
- DECRETO LEY 4/2020, de 17 de abril, del Consejo, de medidas extraordinarias de gestión económico-financiera para hacer frente a la crisis producida por la Covid-19. [2020/2977] (DOGV n.º 8794 de 21.04.2020) Ref. Base Datos 003188/2020
- DECRETO LEY 7/2020, de 26 de junio , del Consejo, de modificación de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión. [2020/5032] (DOGV n.º 8846 de 30.06.2020) Ref. Base Datos 004917/2020
- LEY 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021. [2020/11362] (DOGV n.º 8987 de 31.12.2020) Ref. Base Datos 010710/2020
- LEY 7/2021, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2022
SOLICITUD
Para cada tipo de Renta Valenciana de Inclusión se pueden requerir documentos complementarios. Aconsejamos leer este documento para saber que documentos aplican en tu caso. Los siguientes serán obligatorios en todo momento:
- Solicitud de Renta Valenciana de Inclusión
- Fotocopia del documento acreditativo de identidad
- Fotocopia del libro de familia
- Certificado de empadronamiento histórico de los miembros de la unidad de convivencia
- Declaración responsable de ingresos o rendimiento referida en el mes de presentación de la unidad de convivencia (acompañada con certificado bancario)
- Modelo de domiciliación bancaria
- Protección de datos RVI
- Silencio positivo: si la Administración no responde expresamente en plazo, se entiende estimada la solicitud.
- Silencio negativo:si la Admistración no responde expresamente en plazo, es entiende desestimada la solicitud.