Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Derecho a autorización de residencia temporal por razones humanitarias
Las mujeres extranjeras víctimas de delitos relacionados con la violencia de género que se encuentran en situación irregular en España podrán obtener autorización de residencia temporal por razones humanitarias siempre que hubiera recaído sentencia por la comisión de un delito de violencia de género en la cual se acredite su condición de víctimas.
Además, podrán presentar la solicitud de esta autorización de residencia desde el momento en que se hubiera dictado a su favor una orden judicial de protección, dejándose, en su caso, en suspenso, el procedimiento administrativo sancionador que pudiera estarse tramitando en relación con esta situación irregular.
Esta residencia temporal tendrá una vigencia de un año y no comporta autorización para trabajar. La autorización para trabajar se podrá solicitar de manera simultánea con la solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales o bien durante el periodo de vigencia de esta.