Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
AYUDA ECONÓMICA A FAVOR DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
Ayuda económica del artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género
Es una ayuda económica dirigida a las mujeres víctimas de violencia de género que reúnan los siguientes requisitos:
La ayuda, financiada con cargo a los presupuestos generales del estado, se concede y abona por la Comunidad o Ciudad Autónoma. La solicitud, tramitación y abono de la ayuda se llevará a cabo de conformidad con la normativa autonómica que la regule. Dependiendo de la Comunidad o Ciudad Autónoma, su tramitación y pago corresponderá bien a los servicios sociales, bien al organismo de igualdad.