Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
A recibir información y asesoramiento
Las medidas que la propia Ley prevé con la finalidad de dar protección a las mujeres víctimas de violencia.
Los derechos y ayudas que la Ley reconoce a su favor.
Los recursos de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral y la forma de acceso a los mismos.
Para garantizar que todas las mujeres tengan acceso de manera efectiva a esta información, la misma ha de prestarse teniendo en consideración las circunstancias personales y sociales de sus destinatarias.
Así, deberán utilizarse los medios necesarios para asegurar que la información es accesible y comprensible para mujeres con discapacidad, mujeres inmigrantes y para aquellas que, por cualquier motivo, tengan una mayor dificultad para acceder a la información.