Ayudas accesibilidad

Ayudas accesibilidad

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Secretaria Autonómica de Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para interponer recurso potestativo de reposición de forma telemática pincha AQUÍ.

 

Tramitación

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TRÁMITE SOLICITUD AYUDA

 

TRÁMITE/ALTA/MODIFICACIÓN/BAJA DE DOMICILIACIÓN BANCARIA [PROPER]

 

SUBSANACIÓN / APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN A UN EXPEDIENTE

Para su tramitación, pulsar el botón "SUBSANACIÓN Presentación autenticada" dentro de la pestaña SUBSANACIÓN.

 

SOLICITUD ABONO DE LAS AYUDAS A LAS ACTUACIONES DE MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD. RHBACC 2023

Para su tramitación telemática, entrar en la pestaña “JUSTIFICACIÓN”, apartado “PRESENTACIÓN”, y pulsar el botón rojo “JUSTIFICACIÓN. Presentación Autenticada”.
 

Preguntas frecuentes