Trámites Familias Numerosas

El Título de Familia Numerosa es un reconocimiento para las familias residentes de la Comunidad Valenciana, con validez en todo el Estado Español que otorga una serie de beneficios como a deducciones fiscales, descuentos en cultura y ocio, bonificaciones en impuestos como el IBI y acceso a otros servicios sociales. Este reconocimiento viene acompañado de un carnet de familia numerosa, para facilitar el ejercicio de este por parte de los miembros de la familia.

Para los títulos de familia existen unas descripciones básicas a tener en cuenta. El requisito general es tener 3 o más hijos, pero existen otros casos específicos. En de cual aplicación, hablamos de familia numerosa de categoría general o categoría especial, teniendo esta última unos beneficios mayores.

Si tu familia es alguna de los casos anteriores i cumples los siguientes requisitos, solicita el Titulo de Familia Numerosa a través de este trámite. Recuerda que este título es compatible con el título de familia monoparental, vigente en la comunidad Valenciana.

Infografía familias numerosasa: (pdf anexo que se mustra a continuación)

 

Las solicitudes de expedición, renovación o modificación del título de familia monoparental se pueden presentar de manera telemática mediante solicitud electrónica con certificado digital o similar a través de la sede electrónica de la Generalitat.

Así mismo, es posible realizar las solicitudes junto con la documentación relativa a la unidad familiar y a sus miembros específicos en la sede de la Dirección Territorial de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda correspondiente a la provincia de empadronamiento de la persona que lo solicita pidiendo cita previa al teléfono 012 (o 963 866 000) o a través de internet.

Por último, se podrá conseguir el impreso, rellenarlo y entregarlo de manera también presencial en las oficinas PROP de la Generalitat pidiendo también cita previa al teléfono 012 (o 963 866 000) o a través de internet.

Comprobar les diversas pestañas de documentación por tal de cumplimentar tu expediente correctamente.

 

Documentación general:

  • Solicitud debidamente cumplidamente según el modelo normalizado.
  • Acreditación de datos personales:
    • Personas con nacionalidad española: documento nacional de identidad (DNI), o autorización para la consulta, de todas las personas de las que se solicita su inclusión en el título con obligación legal de tenerlo.
    • Personas extranjeras: número de identificación extranjero (NIE), o autorización para la consulta, de todas las personas de las que se solicite su inclusión con obligación legal de tenerlo.
    • Copia del libro o libros de familia completos o documentos equivalentes, o resolución administrativa o judicial de la adopción o tutela.
    • Certificado de empadronamiento de las personas que integran la unidad familiar, en los supuestos que no se autorice al órgano gestor para la comprobación.
    • Declaración responsable que indique que los descendientes no perciben beneficio de otro título de familia.

Documentación específica para acreditar situaciones particulares:

  • Solicitud de categoría Especial:
    • Para aquellas familias con cuatro personas descendientes y que tengan unos ingresos inferiores al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cumplimentar el apartado correspondiente a la solicitud.

Documentación solicitud de renovación:

  • Renovación por finalización de los efectos del Título de Familia Numerosa:
    • Solicitud debidamente cumplimentada, en la que se incluya el nombre de título a renovar.
    • En caso de caducar por cumplimiento de 21 años de una o varias personas descendientes y solicitar renovación por estudios: entregar certificado acreditativo de la realización de estudios o, si está estudiando en un proceso para la obtención de un puesto de trabajo, se puede acreditar con una declaración responsable y una factura de una persona preparadora o la inscripción en una prueba selectiva.
    • En caso de caducar por cumplimiento de 18 años de una o varias personas descendientes en situación de acogimiento familiar, preadoptivo o tutela: facilitar declaración responsable de permanencia en la unidad familiar y certificado de empadronamiento de esta en la unidad familiar.
    • En caso de caducar por permiso de residencia en España: NIE en vigor.
  • Renovación por modificación del Título de Familia Numerosa (plazo de tres meses para comunicar desde un cambio de domicilio hasta el nacimiento, fallecimiento, emancipación, separación o matrimonio de una persona de la unidad familiar u otras circunstancias):
    • Solicitud debidamente cumplimentada, en la que se incluya el nombre de título a renovar.
    • Personas con nacionalidad española: documentación nacional de identidad (DNI), o autorización para la consulta de todas las personas que soliciten el título, si no se ha presentado anteriormente.
    • En caso de incorporación de una persona beneficiaria al título: entregar documentación acreditativa de la circunstancia para la que se solicite la inclusión (matrimonio, pareja de hecho, nacimiento, estudios, etc.)
    • En caso de solicitud de cambio de categoría general a especial por motivo de los ingresos económicos de la unidad familiar: presentar declaraciones individuales de IRPF, patrimonio o certificados de percepción de pensiones. 
    • En caso de cambio en la situación de discapacidad o declaración de incapacidad para el trabajo: presentar documento emitido por el órgano competente en el que se indique el grado y caducidad.
  • En caso de baja de alguna persona beneficiaria del Título de Familia Numerosa: entregar declaración responsable de la persona afectada, si es mayor de edad, o de la persona que ostente la tutela, o documentación acreditativa de la circunstancia por la que se solicita la baja (separación, divorcio, fallecimiento, finalización de estudios o de convivencia, independencia económica, etc.).

¿Qué necesitas hacer? Cómo se tramita Plazo de resolución Silencio (1) Información del trámite
En línea Presencial
Solicitud de Título de Familia Numerosa

(Firma digital)

En registros oficiales (PROPs, ayuntamientos, Direcciones Territoriales, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. Castelló.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. València.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. Alicante.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Solicitud de duplicado del Título de Familia Numerosa

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF   

 

(1)

Silenci positiu: si l'Administració no respon expressament en termini, s'entén estimada la sol·licitud.

Silenci negatiu: si l'Administració no respon expressament en termini, s'entén desestimada la sol·licitud.

 

Título preguntas frecuentes

 

Preguntas frecuentes

En primer lugar, la Administración respetará, si existiera, el acuerdo entre las partes en en cuanto a que persona progenitora tendrá el derecho o a la alternancia del mismo por periodos de un año entre las personas progenitoras, dada la imposibilidad legal porque las personas descendentes constan en dos títulos en vigor.

En segundo lugar, en caso de falta de acuerdo, la prioridad se establecerá en función de los siguientes criterios:

  1. Mayor conocimiento de grado de discapacidad o grado de dependencia de la persona que solicita ser titular.
  2. Menor renta de la unidad familiar de convivencia con la que se solicita el título.

Si, a través de la presentación de la solicitud correspondiente se podrá obtener un duplicado en iguales condiciones que el perdido.

No, el procedimiento administrativo del reconocimiento de esta condición, así como la emisión de la
documentación correspondiente, está exento de cualesquier tipos de pago por parte de las personas
solicitantes.

Las categorías de Título de Familia numerosa son:

  • Categoría general: en general corresponde a aquellas unidades familiar compuestas por un máximo de cuatro hijas o hijos.
  • Categoría especial: en general corresponde a aquellas unidades familiares compuestas por un mínimo de cinco hijas o hijos. Esta categoría se mantendrá durante toda la historia de esta unidad familiar que dejo de poder ser reconocida como familia numerosa.

Si, siempre y cuando se cumpla la condición que los ingresos totales de la unidad familiar divididos por el número de personas que la componen no superan el 75% del IPREM vigente incluidas las pagas extraordinarias.

Esta categoría se podrá mantener aunque descienda el número de personas descendentes que constan en el título siempre que se continúe cumpliendo el requisito económico establecido.

Las familias que cuentan con un Título de Familia Numerosa de categoría especial por motivo de los ingresos económicos una vez reconocidas inicialmente, deberán de presentar, en los tres primeros meses de cada año, una declaración responsable en la cual se indique que las circumstancies no han cambiado y que los ingresos de la unidad familiar habidos durante el año anterior le permiten mantener la categoría especial.

La suma de los ingresos de cualquier tipo de lava proveniente del trabajo o del capital, o de carácter
prestacional, prisas por su importe íntegro, del ejercicio anterior al de la presentación de la solicitud de todas las personas que constan en el título de familia numerosa.

Se entiende por importe íntegro la cifra de los ingresos obtenidos sin tener en cuenta las deducciones fiscales, las contribuciones al sistema de la seguridad social, paro, retenciones IRPF, etc. Es decir, la cifra bruta de los ingresos.

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas.

  • El valor actual de l’IPREM mensual és: 600€
  • El valor actual de l’IPREM anual 12 pagues és: 7.000€
  • El valor actual de l’IPREM anual 14 pagues és: 8.400€

Para los casos de primera solicitud del reconocimiento (ALTA) tendrá que esperarse a la resolución de la solicitud y remisión del título y carnés correspondientes.

Para los casos de solicitudes de renovación por caducidad podrá obtenerse un documento acreditativo “PRÓRROGA DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA”.

En los casos de renovación por modificación de las circunstancias familiares, se tendrá que continuar utilizado el título en vigor mientras se resuelve la solicitud y son remitidos el nuevo título y carnets, en su caso.

La obtención de este documento es:

  • Para los casos de presentación electrónica de la solicitud de renovación, formará parte del justificante de registro, firmado con CSV.
  • Para los casos de presentación de la solicitud ante un registro público hay dos posibilidades:
    1. Si la solicitud se presenta ante el registro de las Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas, tendrá que aportarse, rellenado con los datos del título del cual se solicita la renovación, junto a la solicitud, para su validación por parte de la Administración.
    2. Si la solicitud se presenta de cualquier de las otras formas establecidas legalmente, se podrá obtener aportándolo en la dirección territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia donde se resida, rellenado con los datos del título del cual se solicita la renovación, junto a la copia de la solicitud presentada debidamente sellada por el registro en que se hubiera presentado, y del título del cual se solicita la renovación.
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