Trámites Familias Numerosas

El Título de Familia Numerosa es un reconocimiento para las familias residentes de la Comunidad Valenciana, con validez en todo el Estado Español que otorga una serie de beneficios como a deducciones fiscales, descuentos en cultura y ocio, bonificaciones en impuestos como el IBI y acceso a otros servicios sociales. Este reconocimiento viene acompañado de un carnet de familia numerosa, para facilitar el ejercicio de este por parte de los miembros de la familia.

Para los títulos de familia existen unas descripciones básicas a tener en cuenta. El requisito general es tener 3 o más hijos, pero existen otros casos específicos. En de cual aplicación, hablamos de familia numerosa de categoría general o categoría especial, teniendo esta última unos beneficios mayores.

Si tu familia es alguna de los casos anteriores i cumples los siguientes requisitos, solicita el Titulo de Familia Numerosa a través de este trámite. Recuerda que este título es compatible con el título de familia monoparental, vigente en la comunidad Valenciana.

Infografía familias numerosasa: (pdf anexo que se mustra a continuación)

 

Las solicitudes de expedición, renovación o modificación del título de familia monoparental se pueden presentar de manera telemática mediante solicitud electrónica con certificado digital o similar a través de la sede electrónica de la Generalitat.

Así mismo, es posible realizar las solicitudes junto con la documentación relativa a la unidad familiar y a sus miembros específicos en la sede de la Dirección Territorial de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda correspondiente a la provincia de empadronamiento de la persona que lo solicita pidiendo cita previa al teléfono 012 (o 963 866 000) o a través de internet.

Por último, se podrá conseguir el impreso, rellenarlo y entregarlo de manera también presencial en las oficinas PROP de la Generalitat pidiendo también cita previa al teléfono 012 (o 963 866 000) o a través de internet.

Comprobar les diversas pestañas de documentación por tal de cumplimentar tu expediente correctamente.

 

Documentación general:

  • Solicitud debidamente cumplidamente según el modelo normalizado.
  • Acreditación de datos personales:
    • Personas con nacionalidad española: documento nacional de identidad (DNI), o autorización para la consulta, de todas las personas de las que se solicita su inclusión en el título con obligación legal de tenerlo.
    • Personas extranjeras: número de identificación extranjero (NIE), o autorización para la consulta, de todas las personas de las que se solicite su inclusión con obligación legal de tenerlo.
    • Copia del libro o libros de familia completos o documentos equivalentes, o resolución administrativa o judicial de la adopción o tutela.
    • Certificado de empadronamiento de las personas que integran la unidad familiar, en los supuestos que no se autorice al órgano gestor para la comprobación.
    • Declaración responsable que indique que los descendientes no perciben beneficio de otro título de familia.

Documentación específica para acreditar situaciones particulares:

  • Solicitud de categoría Especial:
    • Para aquellas familias con cuatro personas descendientes y que tengan unos ingresos inferiores al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cumplimentar el apartado correspondiente a la solicitud.

Documentación solicitud de renovación:

  • Renovación por finalización de los efectos del Título de Familia Numerosa:
    • Solicitud debidamente cumplimentada, en la que se incluya el nombre de título a renovar.
    • En caso de caducar por cumplimiento de 21 años de una o varias personas descendientes y solicitar renovación por estudios: entregar certificado acreditativo de la realización de estudios o, si está estudiando en un proceso para la obtención de un puesto de trabajo, se puede acreditar con una declaración responsable y una factura de una persona preparadora o la inscripción en una prueba selectiva.
    • En caso de caducar por cumplimiento de 18 años de una o varias personas descendientes en situación de acogimiento familiar, preadoptivo o tutela: facilitar declaración responsable de permanencia en la unidad familiar y certificado de empadronamiento de esta en la unidad familiar.
    • En caso de caducar por permiso de residencia en España: NIE en vigor.
  • Renovación por modificación del Título de Familia Numerosa (plazo de tres meses para comunicar desde un cambio de domicilio hasta el nacimiento, fallecimiento, emancipación, separación o matrimonio de una persona de la unidad familiar u otras circunstancias):
    • Solicitud debidamente cumplimentada, en la que se incluya el nombre de título a renovar.
    • Personas con nacionalidad española: documentación nacional de identidad (DNI), o autorización para la consulta de todas las personas que soliciten el título, si no se ha presentado anteriormente.
    • En caso de incorporación de una persona beneficiaria al título: entregar documentación acreditativa de la circunstancia para la que se solicite la inclusión (matrimonio, pareja de hecho, nacimiento, estudios, etc.)
    • En caso de solicitud de cambio de categoría general a especial por motivo de los ingresos económicos de la unidad familiar: presentar declaraciones individuales de IRPF, patrimonio o certificados de percepción de pensiones. 
    • En caso de cambio en la situación de discapacidad o declaración de incapacidad para el trabajo: presentar documento emitido por el órgano competente en el que se indique el grado y caducidad.
  • En caso de baja de alguna persona beneficiaria del Título de Familia Numerosa: entregar declaración responsable de la persona afectada, si es mayor de edad, o de la persona que ostente la tutela, o documentación acreditativa de la circunstancia por la que se solicita la baja (separación, divorcio, fallecimiento, finalización de estudios o de convivencia, independencia económica, etc.).

¿Qué necesitas hacer? Cómo se tramita Plazo de resolución Silencio (1) Información del trámite
En línea Presencial
Solicitud de Título de Familia Numerosa

(Firma digital)

En registros oficiales (PROPs, ayuntamientos, Direcciones Territoriales, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. Castelló.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. València.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Prórroga del Título de Familia Numerosa. Alicante.

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF  

Solicitud de duplicado del Título de Familia Numerosa

(Firma digital)

En registres oficials (PROPs, ajuntaments, Direccions Territorials, etc.) 3 meses Negativo

document PDF   

 

(1)

Silenci positiu: si l'Administració no respon expressament en termini, s'entén estimada la sol·licitud.

Silenci negatiu: si l'Administració no respon expressament en termini, s'entén desestimada la sol·licitud.

 

Título preguntas frecuentes

 

Preguntas frecuentes

Todas aquellas que cumplan los requisitos de carácter individual establecidos por la legislación vigente.

La vigencia de un título de familia numerosa viene establecida en función del cumplimiento de los requisitos individuales de las personas que aparecen en el mismo.

De forma general, la vigencia de un título viene determinada por el cumplimiento de la edad de 21 años por parte de la hija o hijo mayor de la unidad familiar.

Si, hasta el día anterior a que cumpla los 26 años siempre y cuando siga cumpliendo los requisitos de
dependencia económica y estudios establecidos.

Si, la legislación actual establece que, mientras en la unidad familiar con reconocimiento de la condición de familia numerosa haya una hija o hijo que cumpla los requisitos individuales, mantendrá la posibilidad de disfrutar del reconocimiento como familia numerosa por parte de la Administración.

De forma general en fecha anterior próxima a la fecha de pérdida de efectos indicada en el mismo.

También se tiene que proceder a solicitar su renovación en casos de modificación de datos de carácter personal (nombre, sexo, domicilio, DNI, etc), de incumplimiento de los requisitos individuales por parte de alguna de las personas que constan en el Título, o de cambios en la composición de la unidad familiar.

El plazo para la presentación de la solicitud de renovación en estos casos, viene determinado por la obligación legal de comunicar en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjo el hecho a comunicar a la Administración.

En el primer caso, se dejará de tener el reconocimiento de la condición de familia numerosa por parte de la Administración desde la fecha de finalización de efectos del Título hasta la fecha de prestación de la solicitud de renovación, el cual puede afectar al acceso a los beneficios establecidos.

En el segundo caso, se estará al que se establece en el régimen sancionador establecido en la legislación vigente.

Si, acreditando su situación a través de la presentación de la resolución de pareja de hecho o acreditando su convivencia mediante la presentación de una declaración responsable en la cual se declara que se mantiene una relación de pareja estable y certificado de empadronamiento.

Si siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.

La legislación actual establece que, la prioridad pertenece a la persona progenitora con la que conviven las personas descendientes.

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