Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Trámites Familias Monoparentales - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
Título preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
11. ¿Qué es una pensión de alimentos?
Son los ingresos de las personas descendientes en la cuantía establecida en el convenio regulador de las relaciones paterno-filiales.
12. ¿Qué es una unidad de consumo?
Es el valor que se concede, de acuerdo con la escala OCDE modificada, a cada persona integrante de la unidad familiar para el cálculo de la renta per cápita de dicha unidad familiar. En concreto, la primera persona adulta se valora en 1, el resto de personas de 14 o más años de edad se valoran a razón de 0’5 por cada una de ellas, y, aquellas personas menores de 14 años se le valora con 0’3 por cada una de ellas.
13. ¿Qué es el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)?
Se trata de un indicador que sirve como referencia en España para la concesión de distintas ayudas, becas y subvenciones del estado, así como el subsidio de desempleo y que se utiliza para establecer la dependencia económica entre las personas integrantes de una familia monoparental, la posibilidad de ser reconocida como tal y para establecer la categoría de familia monoparental que corresponda en función de los ingresos.
Su valor mensual actual para el año 2021 es de 600 €. En doce pagas es de 7.200 €. En catorce es de 8.400 €.
14. ¿Cómo puedo obtener el Título de Familia Monoparental?
El Título de Familia Monoparental, se emite, a instancia de parte, por la administración autonómica. Para su obtención, la unidad familiar interesada deberá presentar la solicitud correspondiente junto a la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos para su obtención.
15. ¿Qué derechos me confieren la condición de familia monoparental?
Las personas que aparecen en el Título de Familia Monoparental tienen acceso, a nivel autonómico, a las notificaciones o exenciones establecidas legalmente en diferentes tasas administrativas, deducciones fiscales y tributos, además de aquellas otras deducciones o bonificaciones que tengan establecidas la administración autonómica o local de su lugar de residencia.
16. ¿Cuáles son los requisitos para ser reconocido como familia monoparental?
Los requisitos afectan tanto a la composición de la unidad familiar como al cumplimiento de requisitos individuales de las personas que la componen. Para que se reconozca y se mantenga la condición de familia monoparental, cada persona descendiente debe cumplir las siguientes condiciones:
- Encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Ser menor de 26 años.
- Tener reconocido un grado igual o superior al 33 por ciento de discapacidad, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.
- Convivir en la unidad familiar. Se entiende que la separación transitoria motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor, privación de libertad de la persona progenitora o de la descendencia o internamiento, de acuerdo con la normativa reguladora de la responsabilidad penal de las personas menores de edad, no rompe la convivencia de la unidad familiar, aunque sea consecuencia de un traslado temporal al extranjero.
- Depender económicamente de la unidad familiar. Se considera que hay dependencia económica siempre que la persona descendiente no obtenga ingresos superiores, en cómputo anual, al 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente calculado en doce mensualidades. No se consideran como ingresos las pensiones de orfandad, ni la de alimentos, ni otras prestaciones económicas.
Las personas integrantes de la unidad familiar deben tener su residencia efectiva en algún municipio de la Comunitat Valenciana con un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Una familia monoparental pierde esta condición, de forma general, a excepción de aquellas situaciones específicas contempladas en el Decreto, en el momento en el que la persona que encabeza la unidad familiar contrae matrimonio con otra persona o constituya una unión de hecho de acuerdo con la legislación vigente. También se perderá la condición si la unidad familiar deja de cumplir cualquiera de las condiciones establecidas en este Decreto para tener la condición de familia monoparental.
Todas aquellas que cumplan los requisitos de carácter individual establecidos por la legislación vigente.
18. ¿Qué vigencia tiene el Título de Familia Monoparental?
De manera general, la vigencia de un título viene determinada por el cumplimiento de la edad de 26 años por parte de la hija o hijo mayor de la unidad familiar. También, de acuerdo con la tipología de familia monoparental existen las siguientes vigencias especiales:
- Acogida familiar de duración determinada: la vigencia viene determinada por la duración de la acogida.
- Familia acogedora de urgencia-diagnóstico: la vigencia viene determinada por la duración del reconocimiento como tal.
- Acogida familiar permanente: la vigencia viene determinada de momento en que la persona o las personas menores acogidas cumplan la edad de 18 años. En el caso de mantenerse la convivencia podrá renovarse hasta que la persona o las personas que hayan sido acogidas cumplan la edad de 26 años.
- En los casos de hospitalización o ingreso hospitalario de una de las personas progenitoras el reconocimiento como familia monoparental tendrá una vigencia de dos años.
- En los casos en que el título o la categoría dependa del grado de discapacidad, situación de dependencia, de incapacidad absoluta o gran invalidez, tendrá la vigencia que establezca ese reconocimiento.
- En los casos que la categoría dependa de los ingresos de la unidad familiar tendrá una vigencia de dos años.
- En los casos de violencia de género, la vigencia será de cinco años a contar desde la fecha del documento que acredito esta situación.
Sí, mientras en la unidad familiar con reconocimiento de la condición de familia monoparental haya una hija o hijo que cumpla los requisitos individuales, mantendrá la posibilidad de disfrutar del reconocimiento como familia monoparental por parte de la Administración.
20. ¿Cuándo se debe proceder a renovar un Título de Familia Monoparental?
De manera general en fecha anterior próxima a la fecha de perdida de efectos indicada en este. También se tiene que proceder a solicitar su renovación en los casos de modificación de datos de carácter personal (nombre, sexo, domicilio, DNI, etc.), de incumplimiento de los requisitos individuales por parte de alguna de las personas que constan en el Título, o de cambios en la composición de la unidad familiar.
El plazo para la presentación de la solicitud de renovación en estos casos viene determinado por la obligación legal de comunicar en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjera el hecho a comunicar a la Administración.