Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Subsanación de solicitudes para las ayudas para programas especializados mujer en exclusión 2017 - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
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Subsanación de solicitudes para las ayudas para programas especializados mujer en exclusión 2017
Subsanción de solicitudes:
REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS DE SERVICIOS SOCIALES ESPECIALIZADOS EN MUJER EN SITUACIÓN DE RIESGO O EXCLUSIÓN SOCIAL (publicada el día 28 de marzo de 2017).
Por Resolución de 28 de diciembre 2016, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se convocaron las ayudas para el desarrollo de programas de servicios sociales especializados en mujer en situación o riesgo de exclusión social, para el ejercicio 2017 (DOGV núm.7950/03.01.2017). Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas las mismas, se observan errores o falta de documentación en los expedientes que se relacionan en los anexos I, II y III.
A tal efecto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a las entidades que se relacionan en los anexos indicados, el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación (desde el 29 de marzo hasta el 11 de abril, ambos inclusive), para subsanar la falta o aportar la documentación requerida, indicando que si no se efectúa la subsanación en dicho plazo se le tendrá desistida de su solicitud.
La documentación requerida se presentará preferentemente en cualquiera de los registros de las sedes de las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de Alicante (Rambla Méndez Núñez 41, 03002), Castellón de la Plana (Avda. Hermanos Bou, 81, 12003) o Valencia ( Avda. Barón de Cárcer, núm. 36, 46001), o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (vigente según la Disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
- Anexo I
- Anexo II
- Anexo III
Documentos y enlaces relacionados: