Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Residencias para personas mayores - Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda - inclusio.gva.es
Atrás Residencias para personas mayores
Residencias para personas mayores
Definición
Conjunto de espacios y servicios configurados como agrupación de unidades de convivencia (módulos) destinados a la atención integral y continuada de personas mayores, promoviendo su autonomía y potenciando sus capacidades.
Prestarán servicios de alojamiento, manutención y atención a las necesidades básicas de las personas residentes, y atenderán, además, las necesidades particulares derivadas de su situación personal y social, desde un enfoque de vivencia de la vida cotidiana.
Personas usuarias
- Personas de edad igual o superior a 60 años.
- Que hayan cesado su actividad laboral.
- Que presentan limitación de su autonomía.
- Que requieran una alternativa en su domicilio habitual o que necesitan atención sociosanitaria especializada, supervisión médica, curas de enfermería u otras que no puedan ser prestadas en su domicilio.
Excepcionalmente, las personas usuarias podrán tener menos de 60 años cuando su situación de dependencia funcional, psíquica, neurológica o social así lo requiera y no sea posible atenderlos en un otro tipo de recursos sociales o sanitarios.
Capacidad máxima
- 120 plazas como máximo, a todos los efectos.
- 75 plazas residenciales cuando estén situadas en zonas rurales o zonas escasamente pobladas.
- 90 plazas residenciales si están situadas en localidades o zonas de densidad intermedia.
- Estarán organizadas a todos los efectos en unidades de convivencia con un máximo de 15 personas residentes.
Servicios
Las residencias de personas mayores prestarán una asistencia según las necesidades y el nivel de dependencia de los residentes, que con carácter obligatorio contemplará al menos los siguientes servicios:
- Servicios Básicos:
- Alojamiento
- Restauración
- Lavandería
- Atención sanitaria
- Curas básicas
- Atención médica
- Atención de enfermería. Dirigida a la prestación de las curas de enfermería como por ejemplo preparación y administración de medicamentos, curas, sondajes y otros.
- Actividades de rehabilitación.
- Asistencia farmacéutica.
- Atención preventiva y rehabilitación
- Actividades de terapia ocupacional.
- Prevención y promoción de la salud.
- Fisioterapia.
- Atención psicológica
- Atención social.
- Animación sociocultural.
- Atención social individual, grupal/grupal y comunitaria.
- Atención social familiar.
- Servicios opcionales:
- Peluquería.
- Podología.
- Cafetería.
Tipología
Las residencias para personas mayores dependientes vienen reguladas en el Decreto 27/2023, de 19 de marzo, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales. Atendiendo a su titularidad y tipo de gestión, podemos observar las siguientes modalidades:
Las Residencias de Personas Mayores de la Comunitat Valenciana, contarán con plazas del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales en los siguientes casos:
- Centros de titularidad de la Generalitat Valenciana, mediante gestión directa de la Generalitat Valenciana o Gestión indirecta a través de un contrato de servicios.
- Centros de titularidad de las entidades locales, acogidos a un contrato programa.
- Centros de titularidad privada de iniciativa social, mediante acuerdos de acción concertada.
- Centros de titularidad privada, mediante contrato establecido de acuerdo conforme a la normativa sobre contratos del sector público.
- Atención residencial para personas mayores dependientes del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales:
- Centros privados de atención residencial para personas mayores dependientes