Contrato programa

Contrato programa

El contrato programa es un convenio plurianual que se firma entre la Generalitat y los entes locales (ayuntamientos y mancomunidades), y por el que la Administración autonómica financia la contratación de los equipos de servicios sociales municipales. 

Su uso, que viene regulado por el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales, es preceptivo por parte de la administración de la Generalitat y las diputaciones provinciales como instrumento para regular la financiación a los municipios y mancomunidades para la prestación de servicios sociales.

A través del contrato programa, se financian los servicios de la atención primaria de carácter básico así como los servicios de competencia local de la atención primaria de carácter específico, exceptuados los siguientes servicios competencia de la Generalitat que no hayan sido delegados: de atención diurna y nocturna, de atención ambulatoria y de alojamiento alternativo.

En tanto en cuanto no se produzca la transferencia de infraestructuras prevista en la disposición transitoria primera de la Ley de servicios sociales inclusivos, el contrato programa recogerá la financiación de los servicios de atención diurna y nocturna, de atención ambulatoria y de alojamiento alternativo y de los servicios de la atención secundaria cuya titularidad actual corresponda a las entidades locales.

Objetivos del contrato programa:

  • Fijar las condiciones de colaboración interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales, así como las características de prestación y financiación de los servicios y programas en materia de igualdad que se incluyan en el mismo.
  • Establecer, entre otros, los objetivos, las actuaciones, los indicadores, los mecanismos de evaluación y la financiación, de los mismos, de forma que permitan una mayor eficacia y eficiencia en la gestión de dichos servicios y programa.

 

Normativa:

  • LEY 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.
  • DECRETO 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios  sociales. Versión consolidada (Vigente desde 21.12.2021).
  • RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas inclusivas, de aprobación de los modelos de contrato programa y de los anexos de los mismos, regulados en el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales.
  • RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2021, de la Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se amplía el plazo de la primera justificación de las cantidades percibidas en el contrato programa.
  • RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2022, de la Directora general de Gestión y Organización del Sistema, por la que se amplía el plazo de presentación de la memoria justificativa de las actividades realizadas.
  • RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2022,  de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de aprobación del modelo de adenda y del anexo a la misma regulados en el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales.

Instrucciones, circulares y resoluciones: 

Anualidades 2021 y 2022

  • INSTRUCCIÓN 3/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativas a la tramitación del contrato programa entre la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • INSTRUCCIÓN 4/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativas al contenido del informe de la Mesa General de Negociación de las entidades locales para la justificación del contrato programa entre la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • INSTRUCCIÓN 5/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa al procedimiento informático para la tramitación de la justificación del contrato programa entre la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • INSTRUCCIÓN 6/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa al procedimiento informático para la tramitación de la justificación del contrato programa entre la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • INSTRUCCIÓN 7 BIS/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa al procedimiento de la tramitación de adendas del contrato programa, entre la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
    • FORMULARIO ANEXO I
    • Modificación de la INSTRUCCIÓN 7 bis/2021, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa al procedimiento de la tramitación de adendas del contrato programa, entre la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • CIRCULAR informativa sobre justificación Contrato Programa ejercicio 2022
  • INSTRUCCIÓN 10/2022, de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa al procedimiento informático para la tramitación de la justificación del contrato programa entre la Vicepresidencia y la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y las entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2021-2024.
  • CIRCULAR  informativa para la cumplimentación de los cuadros de justificación de las líneas T1131 Y T1132 de la memoria financiera
  • RESOLUCIÓN de ampliación de plazo de la justificación Contrato Programa anualidad 2022

 

Anualidad 2023

INSTRUCCIÓN 1/2023 de la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema, relativa a la financiación de las plazas: líneas nominativas, contrato programa y por la acción concertada.


Instrucción relativa a financiación de plazas ocupadas, no ocupadas y vacante no ocupada, en centros financiados directamente por la Generalitat Valenciana por líneas nominativas, contrato programa y por la acción concertada proveniente de la Resolución de 21 de junio de 2022 de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el período 2022-2026.

1. Modelos Memoria Técnica justificativa de las actividades realizadas del ejercicio 2023 financiadas en la línea T1131 - Atención Primaria de carácter Básico. 

  • El contenido de la memoria técnica justificará y contendrá las acciones desarrolladas de las indicadas en las fichas técnicas del contrato programa según cada uno de los servicios integrados.

  • Sea en formato libre o en los formularios estandarizados, debe ser firmada por la dirección de los servicios sociales municipales y por el órgano competente en el área de servicios sociales de la entidad local.

2. Modelo Memoria Técnica justificativa financiada en la línea T1132 - Atención Primaria de carácter especifico de competencia local. 

  • El contenido de la memoria técnica justificará y contendrá las acciones y actividades ya desarrolladas de las indicadas en cada uno de los servicios/ programas o centros en la línea de financiación T1132.
    • Ficha 5.1 - Servicio de Infancia y Adolescencia (EEIIA), se remitirán una vez al año, antes del 31 de enero del año siguiente los siguientes documentos:
      • Hoja de datos anuales EEIIA.
      • Memoria de actuación anual: tendrá formato abierto, informándose, como contenido mínimo:
        • Datos del EEIIA, indicando información tal como localización, dirección, composición, equipo profesional y formación del mismo, horario y atención, y cualquier dato que se estime oportuno.
        • Descripción breve de la población atendida.
        • Metodología de actuación.
        • Datos anuales, detallando el desarrollo de la actividad durante el año natural.
        • Evaluación del servicio.
        • Recomendaciones y propuestas.
    • Ficha 5.3 - Servicio de atención a personas con diversidad funcional o discapacidad y específico de personas con problemas crónicos de salud mental. (La memoria será en formato libre y como máximo de 20 folios firmada por la coordinación de los servicios sociales municipales y por órgano competente en el área de servicios sociales de la entidad social).

3. Modelo Memoria Técnica justificativa financiadas en la línea T1133 Atención Primaria de carácter especifico competencia DE LA GENERALITAT VALENCIANA. 

4. Modelo Memoria Técnica justificativa financiadas en la línea T1134- Atención SECUNDARIA. 

Una vez realizada y firmada la memoria justificativa será remitida por la entidad a través del procedimiento aportación documental, en el siguiente enlace:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21520

 

Anualidad 2024: 

Circular informativa ficha 3.5 edición 2025-2028 contrato programa

Circular informativa 1/2024 relativa al nuevo contrato programa 2025-2028

Comisiones mixtas de seguimiento y control:

Las comisiones mixtas están reguladas en el artículo 21 del Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales, y tienen las siguientes funciones:

a) Conocer y valorar la supervisión de la ejecución del contrato programa realizada por la comisión técnica correspondiente. En los aspectos del contrato programa que afecten a materias de obligada negociación se deberá adjuntar informe de evaluación de la mesa general de negociación.

b) Conocer las evaluaciones anuales de seguimiento.

c) Conocer las controversias que no se hayan podido resolver, eventualmente, en la comisión técnica de seguimiento y evaluación de los contratos programa.

d) Valorar el informe anual de seguimiento de indicadores y el informe final de evaluación de ejecución y gasto de las comisiones técnicas de seguimiento y evaluación de los contratos programa.

Las citadas Comisiones Mixtas provinciales han celebrado en 2023 las siguientes sesiones:

Las reuniones previas de las Comisiones Mixtas provinciales han sido las siguientes:

 

Comisiones técnicas de seguimiento y evaluación de los contratos programas (art. 22 decreto 38/2020)

Informes de seguimiento y ejecución de los contratos programa 2021:

Actas de las Comisiones Técnicas de Seguimiento y Evaluación 2021:

Informes de seguimiento y ejecución de los contratos programa 2022:

Actas de las Comisiones Técnicas de Seguimiento y Evaluación 2022:

Listado documentos

Contratos

Contratos

Adendas 2022

Adendas 2022

Adendas 2023

Adendas 2023